¿El derecho y el proceso judicial son siempre capaces de resolver los conflictos? ¿Es posible una relación distinta entre ellos? Cuatro son las ideas generalmente aceptadas en torno a esto: (1) el derecho tiene como una de sus funciones más importantes el resolver los conflictos de los ciudadanos, (2) esta función se cumple a través del proceso judicial, (3) hay otros mecanismos que también cumplen la función de la resolución de conflictos (mediación, arbitraje, conciliación, etcétera) y (4) el derecho usa estos métodos para conflictos de baja intensidad con el objetivo de responder de manera más rápidas y menos costosas.