En México, día a día somos testigos de violaciones sistemáticas a los derechos humanos de las
personas. En muchos casos los agravios no consiguen ser reparados a través de los mecanismos
tradicionales de protección de derechos, ya sea por sus límites o incluso, por su inexistencia.
Así, derechos fundamentales como la alimentación, el agua, la tierra, el territorio, la vivienda, el
trabajo, la consulta, el medio ambiente sano, la autonomía, la libre determinación o el nivel de vida
adecuado; en muchas ocasiones no pueden ser disfrutados plenamente por las personas ni ser
reivindicados ante tribunales. Es en estos y otros casos que los movimientos de resistencia han
aparecido como posible alternativa.
En la actualidad son cada vez más comunes los casos de personas, grupos y comunidades que
deciden organizarse en busca de mejores condiciones de vida y del reconocimiento y plena
efectividad de sus derechos. Acciones de resistencia como las manifestaciones, las huelgas, la
ocupación de viviendas, la perforación clandestina de pozos, la creación de instituciones
alternativas, etc., comienzan a ser fenómenos cotidianos en nuestro país y la ciencia jurídica no
puede (ni debe) permanecer al margen.
Es por ello que una de las contribuciones de este estudio ha sido atraer una vez más al terreno
jurídico uno de los debates clásicos de las disertaciones iusfilosóficas: el derecho de resistencia.
Además del interés que reviste, este libro (uno de los primeros en explorar este tema) nos aporta
reflexiones desde y para la teoría y realidad mexicanas, que podrán ser recuperadas como el
preámbulo de posteriores debates y como base para pensar en el derecho de resistencia como un
instrumento para construir sociedades más justas y dignas en las que el hambre, la sed, el desempleo,
la falta de vivienda o la muerte por enfermedades curables; dejen de ser hechos cotidianos en
nuestro país.